Orden 98/2005, de 13 de Enero, BOCM Núm 14, de 18 de enero de 2005.
Observaciones: Estas ayudas son incompatibles con las Ayudas del IDEA; no serán subvencionables las instalaciones de energía solar térmica que se instalen de forma obligatoria en virtud de los establecido en ordenanzas municipales u otras disposiciones normativas.
- Energía solar térmica
- Colectores de propileno: 35 €/m² de superficie de captación.
- Colectores de alta tecnología: 225 €/m² de superficie de captación.
- Resto de colectores: 125 €/m² de superficie de captación.
No son subvencionables aquellas con una superficie de captación útil menor de 10 m² de paneles.
- Energía solar fotovoltaica
- Sistemas aislados: 4 €/Wp.
- Sistemas conectados a red:
- Comunidades propietarios, entidades sin ánimo de lucro: 2 €/Wp
- Resto de instalaciones: 1 €/Wp
No serán subvencionables las instalaciones de potencia inferior a 5 kWp.
- Teléfono: 915 802 100
- Página Web: www.madrid.org
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