Consejería de Industria y Trabajo. Orden 18-12-2003, DOCM nº 181, de 26 de Diciembre de 2003.
Observaciones: Compatibles con otras ayudas
- Energía solar térmica
- Captadores con coeficiente de pérdidas menor de 4,5 W/(m² ºC): 320 €/m²
- Captadores con coeficiente de pérdidas entre 4,5 W/(m² ºC) y 9 W/(m² ºC): 230 €/m²
- Captadores con coeficiente de pérdidas mayor de 9 W/(m² ºC): 60 €/m²
- Energía solar fotovoltaica
- Instalaciones aisladas: 7 €/Wp
- Conectadas a red con potencia inferior a 100 kWp: 3,60 €/Wp
La subvención no puede superar el 40% del total de los costes elegibles y como máximo será de 18.030 € por subvención otorgada. (Será el menor de los tres valores anteriores).
Datos de contacto
- Teléfono: 902 267 090
- Página Web: www.jccm.es
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